Rubén Patricio Soto Guerrero y Gerald Cristián Andrés Repetto Soto fueron condenados a las penas de presidio perpetuo calificado, en calidad de autores del delito consumado de violación con homicidio. Ilícito perpetrado en abril del año pasado, en la comuna de Longaví.
En fallo unánime, el tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares aplicó, además, a Soto Guerrero y Repetto Soto las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la vida de los penados y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el Código Penal; además de la inhabilitación absoluta perpetuas para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Más allá de toda duda razonable, el tribunal dio por establecido, que, en horas de la tarde del 29 de abril de 2021, la víctima, un niño de 12 años a la época de los hechos, salió de su domicilio, ubicado en la villa Valle de Longaví, en la comuna homónima, a pasear a sus perros, dirigiéndose a unos potreros colindantes con el río Liguay.
En dicho lugar, “(…) el niño se encontró con RUBÉN PATRICIO SOTO GUERRERO y GERALD CRISTIÁN ANDRÉS REPETTO SOTO, quienes previamente concertados, lo siguen y lo interceptan, amenazándolo con un cuchillo, llevándolo a un lugar oculto, ubicado a la orilla de un humedal en la zona sur-poniente del mencionado río Liguay. Estando allí, mediante fuerza lo lanzan al suelo procediendo ambos, en forma consecutiva y alternada”, a violarlo.
Tras las agresiones sexuales, y con la intención de darle muerte, los condenados atacaron al menor con el arma blanca, provocándole múltiples heridas cortopunzantes en la zona cervical y torácica, que le generaron una anemia aguda secundaria por traumatismo penetrante cervical y torácico, las que, junto a las inferidas anteriormente, le causaron finalmente la muerte.
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